Normatividad Técnica Colombiana, Circular 0011 - 2012 del 15 de mayo 2012 expedida por la Dian
Normatividad Técnica Colombiana, Circular 0011 - 2012 del 15 de mayo 2012 expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (Dian). la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia DIAN determino que para el logro de los objetivos, criterios y contenidos de la normatividad técnica Colombiana 0011 - 2012 se hace necesario:
- El desarrollo de procesos que involucren la participación y concertación con todas las partes interesadas.
CIRCULAR EXTERNA 000011
PARA: DIRECTORES SECCIONALES DE ADUANAS, DIRECTORES SECCIONALES DE IMPUESTOS Y ADUANAS, DIRECTORES SECCIONALES DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADUANAS, JEFES DIVISION DE GESTION DE LA OPERACIÓN ADUANERA, FUNCIONARIOS INSPECTORES, IMPORTADORES Y DEMÁS USUARIOS DEL COMERCIO EXTERIOR
DE: DIRECTOR DE GESTIÓN DE ADUANAS
ASUNTO: DERECHOS CORRECTIVOS EN FORMA DE GRAVÁMENES ARANCELARIOS APLICADOS A LAS IMPORTACIONES DE LOS PRODUCTOS CLASIFICABLES POR LA PARTIDA 17.01
FECHA: 15 MAY 2012
Para dar cumplimiento a lo establecido en los Decretos 1054 de junio 21 de 1995, 1935 de octubre 28 de 1996 y al Oficio 20122620126911 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de mayo 9 de 2012, me permito informarles que las importaciones originarias de Venezuela para los productos clasificables en la partida 17.01 del Arancel de Aduanas, con excepción de las clasificables por las subpartidas arancelarias 1701.12.00.00, 1701.13.00.00, 1701.91.00.00 y 1701.99.10.00, deberán pagar los derechos correctivos totales en forma de gravámenes arancelarios, que aparecen a continuación:
| NANDINA |
TASA ADVALOREM (%) |
| 17.01.14.00.00 |
10,28 |
| 17.01.99.90.00 |
10,28 |
La presente circular se aplicará para la quincena comprendida entre el 16 y el 31 de mayo de 2012.
Cordialmente,
Original firmado)
BERNARDO ESCOBAR YAVER
DIRECTOR DE GESTIÓN DE ADUANAS
Fuente: banrep.gov.co, wikipedia.org